Alta de Autónomo en España: Guía Completa para Darte de Alta en el RETA
Tiempo de lectura: 14 minutos
Índice de Contenidos
- Introducción al trabajo autónomo en España
- Requisitos para darse de alta como autónomo
- Proceso paso a paso para darte de alta en el RETA
- Bonificaciones y reducciones en la cuota de autónomos
- Opciones de tributación para autónomos
- Obligaciones fiscales y contables
- Costes de ser autónomo
- Cobertura social y protección del autónomo
- Errores comunes al darse de alta como autónomo
- Tu camino hacia el éxito como autónomo
- Preguntas frecuentes
Introducción al trabajo autónomo en España
¿Estás pensando en emprender y convertirte en tu propio jefe? No eres el único. En España, más de 3,3 millones de personas han elegido el camino del trabajo autónomo, representando casi el 17% de los afiliados a la Seguridad Social según los últimos datos de 2023.
Darse de alta como autónomo (o alta en el RETA, Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) es el primer paso oficial para iniciar tu actividad profesional por cuenta propia. Aunque muchos lo ven como un simple trámite burocrático, la realidad es que este proceso establece las bases de tu futuro profesional.
Hablemos claro: el éxito como autónomo no depende solo de tener una buena idea o talento. La clave está en cómo navegas el ecosistema regulatorio español, cómo optimizas tu fiscalidad y cómo aprovechas las ventajas que ofrece el sistema.
«El alta como autónomo no es un obstáculo a superar, sino el primer paso estratégico para construir un negocio sostenible» — Carmen Martínez, asesora fiscal especializada en emprendimiento.
Esta guía te llevará de la mano por todo lo que necesitas saber para darte de alta como autónomo en España, desde los requisitos básicos hasta las estrategias más avanzadas para optimizar tu situación.
Requisitos para darse de alta como autónomo
Antes de lanzarte a completar formularios, es importante que conozcas los requisitos fundamentales para convertirte en autónomo:
Requisitos legales básicos
- Mayoría de edad: Tener 18 años cumplidos (con excepciones para menores emancipados).
- Nacionalidad/residencia: Ser ciudadano español, ciudadano de la UE con NIE o extranjero con permiso de residencia y trabajo por cuenta propia.
- Capacidad legal: No estar inhabilitado para ejercer el comercio o profesión.
- Dirección fiscal: Disponer de un domicilio en España para efectos fiscales.
Documentación necesaria
Para realizar el alta necesitarás tener a mano:
- DNI o NIE en vigor.
- Número de Seguridad Social (si no lo tienes, tendrás que solicitarlo previamente).
- Datos bancarios para la domiciliación de cuotas.
- Datos sobre la actividad económica a desarrollar (código CNAE).
- Dirección del establecimiento o lugar donde desarrollarás la actividad (si aplica).
Caso práctico: María, diseñadora gráfica de 26 años, decidió independizarse después de tres años trabajando por cuenta ajena. Al recopilar su documentación, descubrió que no tenía claro qué código CNAE correspondía exactamente a su actividad. Tras consultar con un gestor, identificó que debía utilizar el código 7410 (Actividades de diseño especializado) como actividad principal.
Proceso paso a paso para darte de alta en el RETA
Vamos a desgranar el proceso en pasos claros y secuenciales:
Paso 1: Alta en Hacienda (modelo 036/037)
El primer trámite oficial es darte de alta en Hacienda mediante la presentación del modelo 036 (completo) o 037 (simplificado).
- El modelo 037 es el más utilizado por autónomos individuales con actividades sencillas.
- El modelo 036 es necesario para casos más complejos como actividades con régimen especial de IVA.
Este trámite puedes realizarlo:
- Online: A través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria con certificado digital.
- Presencial: En las oficinas de la Agencia Tributaria con cita previa.
En este paso, deberás indicar:
- Tu epígrafe IAE (Impuesto de Actividades Económicas).
- El régimen de IVA al que te acoges.
- El sistema de tributación del IRPF (estimación directa normal, simplificada o módulos).
Paso 2: Alta en el RETA (Seguridad Social)
Una vez completado el alta en Hacienda, el siguiente paso es darte de alta en la Seguridad Social. Para ello, deberás presentar el modelo TA.0521 en un plazo máximo de 60 días desde el alta en Hacienda.
Este trámite puedes realizarlo:
- Online: A través de la sede electrónica de la Seguridad Social (Import@ss).
- Presencial: En las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social.
En este formulario deberás indicar:
- Base de cotización elegida (entre la mínima y la máxima establecidas anualmente).
- Mutua colaboradora para la cobertura de contingencias profesionales.
- Opciones sobre coberturas adicionales (cese de actividad, etc.).
Consejo práctico: Aunque tienes 60 días para darte de alta en el RETA después del alta en Hacienda, tu cobertura social solo comienza desde la fecha efectiva de alta en la Seguridad Social, no desde el inicio de actividad en Hacienda.
Paso 3: Trámites adicionales según actividad
Dependiendo de tu actividad profesional, es posible que necesites realizar trámites adicionales:
- Licencias municipales: Para actividades con local comercial o que requieran permisos especiales.
- Registro de marcas: Si deseas proteger tu nombre comercial o marcas.
- Colegiación profesional: Obligatoria para ciertas profesiones reguladas (abogados, médicos, arquitectos, etc.).
- Libro de visitas: Aunque ya no es obligatorio tenerlo físicamente, debes estar preparado para inspecciones laborales.
Caso real: Carlos, fontanero de profesión, se dio de alta como autónomo pensando que con el alta en Hacienda y Seguridad Social era suficiente. Sin embargo, al realizar su primera instalación en una vivienda nueva, le solicitaron el carnet profesional homologado y un seguro de responsabilidad civil que no había tramitado. Esto le supuso un retraso de tres semanas en comenzar el trabajo y la pérdida de un cliente potencial.
Bonificaciones y reducciones en la cuota de autónomos
Uno de los aspectos más atractivos al darte de alta como autónomo son las bonificaciones disponibles para reducir la carga económica inicial:
Tarifa plana para nuevos autónomos
La famosa «tarifa plana» es una reducción en la cuota de autónomos para nuevas altas o para quienes no hayan estado de alta en los últimos dos años (tres años si ya disfrutaste anteriormente de bonificaciones).
Periodo | Cuota mensual con tarifa plana | Cuota normal (aprox.) | Ahorro mensual | Requisitos específicos |
---|---|---|---|---|
Primeros 12 meses | 80€/mes | 290€/mes | 210€/mes | No haber estado de alta como autónomo en los 2 años anteriores |
Meses 13 al 18 | 200€/mes (reducción del 50%) | 290€/mes | 90€/mes | Continuar de alta tras los primeros 12 meses |
Meses 19 al 24 | 200€/mes (reducción del 30%) | 290€/mes | 90€/mes | Continuar de alta tras los 18 meses |
Meses 25 al 36 (menores de 30 años o mujeres menores de 35) | 200€/mes (adicional) | 290€/mes | 90€/mes | Cumplir requisito de edad y género |
Nota importante: Estas cuotas son aproximadas y están sujetas a cambios según la legislación vigente. Con la nueva reforma del RETA, las cuotas se calculan en función de los rendimientos netos previstos.
Bonificaciones específicas
Además de la tarifa plana general, existen bonificaciones específicas para ciertos colectivos:
- Personas con discapacidad: Cuota reducida de 80€ durante 12 meses (sin límite de edad), seguida de bonificaciones del 50% durante 48 meses más.
- Víctimas de violencia de género o terrorismo: Cuota de 80€ durante 24 meses.
- Autónomos en municipios de menos de 5.000 habitantes: Tarifa plana de 80€ durante 24 meses.
- Pluriactividad: Reducción del 50% de la cuota durante 18 meses para quienes trabajan simultáneamente como asalariados.
Visualización del ahorro con la tarifa plana:
Ahorro acumulado durante los dos primeros años:
Opciones de tributación para autónomos
Como autónomo, deberás elegir un sistema de tributación que se adapte a tu actividad y volumen de negocio:
Sistemas de estimación de IRPF
Existen tres modalidades principales para calcular los rendimientos de tu actividad:
- Estimación directa simplificada: El más común. Permite deducir gastos reales con algunas simplificaciones y un 5% adicional de gastos de difícil justificación (con un límite de 2.000€ anuales).
- Estimación directa normal: Similar al anterior pero sin el 5% adicional. Obligatorio para facturaciones superiores a 600.000€ anuales.
- Estimación objetiva (módulos): El rendimiento se calcula según parámetros predeterminados (personal, superficie del local, consumo eléctrico, etc.). Solo disponible para determinadas actividades y con límites de facturación.
Regímenes de IVA
En cuanto al IVA, dependiendo de tu actividad podrás acogerte a:
- Régimen general: Aplicas el tipo correspondiente (21%, 10% o 4%) y declaras trimestralmente.
- Recargo de equivalencia: Para comerciantes minoristas. Pagas un recargo adicional a tus proveedores y te eximes de presentar declaraciones de IVA.
- Régimen simplificado: Para quienes tributan por módulos en IRPF.
- Actividades exentas de IVA: Algunos servicios médicos, educativos, etc.
Recomendación estratégica: «Si estás comenzando y no tienes claro qué sistema te conviene, opta por la estimación directa simplificada. Te permitirá un mejor control de tus gastos reales y optimizar tu fiscalidad a medida que crece tu negocio» — Alejandro Ramírez, asesor fiscal con 15 años de experiencia en pymes.
Obligaciones fiscales y contables
Una vez dado de alta, deberás cumplir con ciertas obligaciones periódicas:
Obligaciones trimestrales
- Modelo 130/131: Pago fraccionado del IRPF (trimestral: abril, julio, octubre y enero).
- Modelo 303: Declaración trimestral de IVA (mismas fechas que el IRPF).
- Modelo 115: Retenciones de alquileres (si tienes local alquilado).
- Modelo 111: Retenciones de trabajadores o profesionales contratados.
Obligaciones anuales
- Modelo 100: Declaración anual del IRPF (mayo-junio).
- Modelo 390: Resumen anual de IVA (enero).
- Modelo 347: Declaración de operaciones con terceros superiores a 3.005,06€ (febrero).
- Modelos 190 y 180: Resúmenes anuales de retenciones (enero).
Obligaciones contables
Dependiendo de tu régimen fiscal, deberás llevar:
- Libro de ingresos y gastos
- Libro de facturas emitidas y recibidas
- Libro de bienes de inversión (si corresponde)
- Libro de provisiones y suplidos (para ciertas profesiones)
Caso práctico: Pablo, fotógrafo freelance, decidió gestionar personalmente sus obligaciones fiscales el primer año como autónomo. Al no presentar a tiempo su modelo 303 del segundo trimestre, recibió una sanción de 200€ más recargos por presentación fuera de plazo. Aprendió que incluso cuando no hay IVA a ingresar, es obligatorio presentar la declaración en plazo. Actualmente utiliza recordatorios en su calendario y una aplicación de gestión fiscal para no olvidar ningún plazo.
Costes de ser autónomo
Ser autónomo implica asumir diversos costes fijos y variables:
Costes fijos mensuales
- Cuota de autónomos: Entre 80€ (tarifa plana) y más de 500€ (base máxima), según bases de cotización y rendimientos.
- Gastos de asesoría: Entre 50€ y 150€ mensuales para la gestión fiscal y contable.
- Seguros obligatorios: Responsabilidad civil (según profesión), desde 150€ anuales.
- Cuotas colegiales: Variables según la profesión (si es obligatoria la colegiación).
Costes variables
- Pagos fraccionados de IRPF: Generalmente el 20% del beneficio trimestral.
- IVA a ingresar: Diferencia entre IVA repercutido y soportado.
- Formación continua: Inversión en actualización profesional.
- Herramientas y equipamiento: Inversiones necesarias para tu actividad.
Como ejemplo ilustrativo, veamos el coste mensual aproximado para un autónomo que acaba de empezar:
Concepto | Primer año (con tarifa plana) | Segundo año (sin bonificaciones) |
---|---|---|
Cuota de autónomos | 80€/mes | 290€/mes |
Asesoría fiscal/contable | 60€/mes | 60€/mes |
Seguro R.C. (prorrateo mensual) | 15€/mes | 15€/mes |
Pago IRPF trimestral (prorrateo) | 50€/mes (estimado) | 83€/mes (estimado) |
Total gastos fijos mensuales | 205€/mes | 448€/mes |
Estrategia de planificación financiera: «Para evitar sorpresas, reserva mensualmente un 30% de tus ingresos para impuestos y cuotas futuras. Es mejor tener un colchón financiero que encontrarte sin liquidez cuando lleguen los pagos trimestrales» — Laura Gómez, consultora financiera especializada en autónomos.
Cobertura social y protección del autónomo
Una de las principales preocupaciones al convertirse en autónomo es la protección social. Veamos qué cobertura ofrece el RETA:
Prestaciones incluidas en la cuota básica
- Asistencia sanitaria: Igual que cualquier trabajador del régimen general.
- Incapacidad temporal por enfermedad común: A partir del 4º día de baja (si has optado por esta cobertura).
- Incapacidad permanente: Según grado, base de cotización y años cotizados.
- Jubilación: En función de los años cotizados y las bases elegidas.
- Maternidad/paternidad: 16 semanas para ambos progenitores.
- Riesgo durante el embarazo o lactancia.
Coberturas opcionales
- Prestación por cese de actividad (desempleo): Requiere cotización adicional y cumplir requisitos específicos.
- Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: Mejora la protección en caso de baja por estas contingencias.
Reflexión importante: La protección social del autónomo ha mejorado en los últimos años, pero sigue siendo inferior a la del régimen general. Por ello, muchos autónomos complementan su cobertura con seguros privados de salud, vida o incapacidad.
Consejo: «Aunque pueda parecer un gasto adicional, cotizar por la base máxima que puedas permitirte, especialmente a partir de los 45-50 años, puede marcar una diferencia sustancial en tu pensión futura» — Miguel Ángel Torres, experto en planificación de jubilación.
Errores comunes al darse de alta como autónomo
Para evitar disgustos, toma nota de los errores más frecuentes:
Errores administrativos y fiscales
- Elegir incorrectamente el epígrafe IAE: Puede limitar las actividades que puedes realizar o someterte a un régimen fiscal desfavorable.
- No solicitar todas las bonificaciones aplicables: Muchos autónomos desconocen bonificaciones específicas a las que tienen derecho.
- Mezclar gastos personales y profesionales: Puede generar problemas en caso de inspección.
- No guardar facturas o justificantes: Deben conservarse durante al menos 4 años.
- Olvidar presentar declaraciones trimestrales: Incluso cuando no hay resultado a ingresar, es obligatorio presentarlas.
Errores estratégicos y financieros
- No hacer previsiones financieras: Muchos autónomos se dan de alta sin calcular el punto de equilibrio o las necesidades de tesorería.
- Cotizar siempre por la base mínima: Aunque supone un ahorro inmediato, puede reducir significativamente tu protección social.
- No contratar seguros de responsabilidad civil: Fundamental para proteger tu patrimonio personal.
- No delimitar horarios de trabajo: Conduce al burnout y afecta a la productividad.
Historia real: Elena, traductora freelance, se dio de alta eligiendo el epígrafe IAE 774 (Traductores e intérpretes) sin considerar que también quería ofrecer clases particulares de idiomas. Cuando comenzó a recibir ingresos por clases, tuvo que ampliar su alta a un segundo epígrafe (826 – Profesores de idiomas) y enfrentó recargos por los trimestres anteriores en que había realizado esta actividad sin declararla correctamente.
Tu camino hacia el éxito como autónomo
Ahora que conoces los aspectos fundamentales del alta como autónomo, es momento de trazar un plan de acción estratégico:
Lista de verificación para tu primer mes como autónomo
- Confirma que has recibido todas las resoluciones de alta (Hacienda y Seguridad Social).
- Configura un sistema para el registro y archivo de facturas (físico o digital).
- Abre una cuenta bancaria separada para tu actividad profesional.
- Contrata los seguros necesarios según tu actividad.
- Establece un calendario de obligaciones fiscales con alertas.
- Crea un fondo de reserva para impuestos y cuotas (30% de ingresos).
- Diseña una estrategia de precios que cubra todos tus costes incluyendo impuestos.
Recursos para optimizar tu actividad
Aprovecha las herramientas disponibles para facilitar tu día a día:
- Aplicaciones de facturación: Holded, Factusol, QuickBooks.
- Gestión de tiempo: Toggl, Harvest, Clockify.